Que puedo hacer ante un caso de Violencia Laboral
Cómo saber si estas sufriendo violencia en tu trabajo y que podes hacer
Lo primero que debes saber es que existen distintos tipos de situaciones en el trabajo que por más tensas e incluso incómodas que sean no necesariamente se trata de violencia laboral , por eso es importante saber reconocer cuando estamos ante una problemática relacionada a la actividad laboral propiamente dicha que puede ser algún reclamo referente a remuneraciones por ejemplo; y no ante una situación de violencia laboral ya que según se trate son distintas las acciones que podrás ejercer, pero acá solo nos vamos a enfocar en el análisis de las situaciones de violencia laboral.
Según la Oficina de Violencia Laboral que depende del Ministerio de trabajo define a la violencia laboral en:“toda acción, omisión o comportamiento, destinado a provocar, directa o indirectamente, daño físico, psicológico o moral a un trabajador o trabajadora, sea como amenaza o acción consumada. La misma incluye violencia de género, acoso psicológico, moral y sexual en el trabajo, y puede provenir de niveles jerárquicos superiores, del mismo rango o inferiores”.
Por lo que la violencia laboral está relacionada con el ambiente de trabajo creado por las relaciones interpersonales que allí surgen entre los individuos, que puede generarse en cualquier nivel jerárquico, superiores, pares o inferiores, a su vez la violencia laboral cuando se da entre dos personas de distinto género se la denomina violencia laboral de género y tiene a su vez un especial tratamiento en el marco de los convenios internacionales y normativas internas (nacionales, provinciales, etc). cabe destacar que la violencia con motivos de género es más abarcativa porque contiene todos los tipos de violencia que se ejercen contra la mujer y estos son trasladados al ámbito laboral, es decir que la misma se puede ver afectada en tipos de violencia no solo psicológica, física o sexual, sino también patrimonial, domestica o simbólica.
Muchas veces es difícil de detectar, no solo por no saber realizar una correcta identificación del caso sino también porque muchas veces naturalizamos esas situaciones.
Para ello la Oficina de Violencia Laboral ejerce una importante función, la misma existe en distintas competencias nacionales y provinciales, en Entre Ríos encontramos dicha oficina como dependencia de la Secretaria del Trabajo Empleo y Seguridad social de Entre Ríos. Esta tiene el deber de asesorar y recomendar a una persona victima de violencia laboral para ejercer su derecho de efectuar la denuncia. Garantizando la confidencialidad y respetando la voluntad de la persona que se acerca para ello..
En la provincia de Entre Ríos la ley que regula la materia es la Ley 9.671, que exige la respuesta inmediata dentro de las 48 hs. de realizada la denuncia.
Es así que la persona que denuncie deberá ser resguardada ante esta situación ya que no puede ser molestada por motivo de la denuncia, así como las personas que salgan de testigo de esta, establece la responsabilidad del Empleador en la prevención de violencia laboral, por lo que de haber una resolución condenatoria para la persona que ejerce violencia dentro de un ámbito laboral esta debería alcanzar al empleador ya que a este se le exige el carácter preventivo del mismo. De lo contrario el artículo de ley que así lo regula carecería de sentido, además existen diferentes tipos de sanciones por mencionar algunos, el apartamiento del puesto laboral, suspensiones, realización de cursos en la materia, entre otras pero siendo el caso de la responsabilidad de empleador es lógico pensar que este no puede auto-suspenderse por lo que considero que de recaer algún tipo de mando administrativo el mismo debería verse afectado por una sanción de tipo pecuniaria como lo son las multas.
Creo que la idea de la ley es clara, lo importante es efectuar los reclamos íntegros de manera que la persona víctima de esta situación, sea protegida en el momento de ocurrido el echo, y también que a futuro no vuelva a sufrir cualquier tipo de violencia. Por lo que creo pertinente que la fuerza sancionadora del sistema debería de recaer tanto en la persona de quien ejecuta los maltratos y sobre la institución o persona jurídica o representantes.Y esto se lograría con una participación activa de todas la partes intervinientes, el denunciante y su representante legal y el organismo competente de modo que en los procedimientos administrativos se consoliden protocolos que tengan por objetivo el evitar la violencia involucrando a lugar de trabajo, sea una empresa, institución, organismo, etc.
El procedimiento es bastante similar para cada Jurisdicción hay provincias que regulan en la materia, y provincias que aún no tienen legislación creada al respecto, no obstante siempre se rige por las normativas nacionales y los tratados internacionales, las que son numerosas y abundantes. En este espacio no podré comentar dado la extensión. Acá te dejo el link para consulta de normas.
Paso 1: es buscar asesoramiento lo tenes gratuito en las oficinas de violencia laboral de tu provincia o a nivel nacional; podés optar por asesorarte con abogado o en el gremio en el que te encuentras afiliado.
Paso 2: Una vez establecida la situación de violencia llega el turno de la denuncia, donde se pondrá en conocimiento a la parte denunciada para que efectué su descargo.
Paso 3: Se citará (en el término de 48 hs. para el caso de Entre Ríos) , a una audiencia entre las partes, y se practicarán entrevistas individuales con profesionales de la salud mental.
Paso 4: concluye el procedimiento con el dictamen jurídico emitido por la autoridad administrativa.
Como dije anteriormente según la Juridicción provincial, las reglas procedimentales pueden variar y hasta incluso las formas de sancionar, por eso si el resultado del dictamen es una simple multa, sabemos que poco genera un futuro prometedor de cara a la mejora del ámbito laboral, en ese caso la participación activa será la que se acerque a dichos objetivos.
Algunas críticas a las normativas provinciales:
Quiero dejar en claro que si bien son pocas las provincias que han regulado en materia de violencia laboral, de la regulaciones que hoy existen dejan mucho que desear, ya que su abordaje demuestra la falta de especialización y visión en perspectiva de género y en cualquier tipo de violencia.
La problemática es de público conocimiento y de acuerdo con la remisión de estas normas provinciales de su lectura es notable observar cómo se hace el foco en el debido proceso, en aspectos conciliatorios o en sancionar las falsas denuncias, esto no hace otra cosa que dejar margen a la continuidad de las situaciones generadoras de violencia ya que el tratamiento de la violencia laboral es una problemática de difícil reproducción y más se agrava cuando los operadores lo tratan con una mirada que pretende conciliar un hecho de violencia de género en lugar de sancionar tal conducta y prevenir futuros hechos para así conseguir la calidad de ambiente laboral para que todos los trabajadores laboren en condiciones dignas en sus puestos de trabajo.
Dejame saber en los comentarios si te pasó y que hiciste y si te gustaría que se aborde a las normas que hoy regulan la materia en profundidad.
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